En Argentina, los reclamos por seguros de vida suelen ser más complejos de lo que podría esperarse, especialmente cuando las compañías aseguradoras imponen requisitos que no se encuentran respaldados por la ley o desconocen derechos fundamentales de los herederos.
Si estás enfrentando dificultades para cobrar una póliza de seguro de vida, esta guía te ayudará a entender tus derechos y cómo actuar para protegerlos.
¿Es lícito exigir la declaratoria de herederos para cobrar un seguro de vida?
En muchos casos, las aseguradoras exigen la presentación de una declaratoria de herederos para proceder con el pago de una póliza de seguro de vida.
Sin embargo, esta exigencia puede considerarse ilícita y contraria a la normativa vigente, ya que el seguro de vida es un contrato que, en principio, no forma parte de la sucesión hereditaria.
Según lo establecido en el artículo 80 de la Ley de Seguros Nº 17.418, el monto de la póliza debe ser abonado directamente a los beneficiarios designados en la misma.
En ausencia de beneficiarios expresamente consignados, los herederos forzosos (cónyuge, hijos y ascendientes) tienen derecho al cobro sin necesidad de tramitar una declaratoria de herederos.
No obstante, en situaciones donde las aseguradoras se resisten a realizar el pago sin este documento, tramitar la declaratoria de herederos puede ser la vía más rápida para destrabar el conflicto y garantizar el cobro efectivo de la póliza.
Un caso destacado que refuerza este principio es el analizado por la Justicia en el que se obligó a una aseguradora a pagar a los herederos forzosos sin exigir dicho trámite, considerando que la imposición de esta exigencia carecía de sustento legal.
La conviviente como beneficiaria en seguros de vida
Otro problema frecuente ocurre cuando la conviviente o pareja del asegurado no figura como beneficiaria designada en la póliza.
A pesar de ello, los tribunales han reconocido que la conviviente puede tener derecho al cobro de la indemnización, especialmente si logra demostrar la existencia de una relación estable y prolongada.
En un caso particular, la Justicia resolvió a favor de una conviviente que no estaba designada como beneficiaria, basándose en el artículo 509 del Código Civil y Comercial.
Este fallo destacó la importancia de probar el vínculo mediante evidencias concretas, como convivencias prolongadas y aportes económicos compartidos.
La sentencia también señaló que el propósito del seguro de vida es brindar protección a quienes dependían económicamente del asegurado.
Cobro del seguro de vida por herederos forzosos
Cuando no hay beneficiarios designados o estos han fallecido antes que el asegurado, los herederos forzosos tienen derecho a cobrar la póliza de vida.
Sin embargo, es común que las aseguradoras intenten desconocer este derecho argumentando cuestiones contractuales o legales ambiguas.
Un ejemplo claro de esta situación es el caso donde una aseguradora intentó evitar el pago a los hijos del asegurado, alegando que faltaban documentos adicionales no exigidos por la normativa.
La Justicia intervino y determinó que dichos requerimientos no eran necesarios, ordenando el pago inmediato a los herederos.
De acuerdo con la normativa, el seguro de vida debe abonarse a los herederos forzosos en proporción a sus cuotas hereditarias. Esto incluye a:
- Cónyuge.
- Hijos.
- Ascendientes (en ausencia de hijos).
El incumplimiento por parte de la aseguradora puede dar lugar a un reclamo judicial para exigir el pago correspondiente.
¿Cómo proceder si te niegan el pago del seguro de vida?
Si te enfrentás a la negativa de una aseguradora para pagar una póliza de vida, estas son las medidas clave que podés tomar:
- Reuní la documentación necesaria: Asegurate de contar con el certificado de defunción del asegurado, el contrato del seguro y cualquier documento que acredite tu vínculo (por ejemplo, partida de matrimonio o actas de nacimiento).
- Solicitá un asesoramiento legal: Un abogado especializado en seguros puede analizar tu caso y determinar si la aseguradora está actuando fuera de la ley.
- Presentá un reclamo formal: Esto puede hacerse ante la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) o mediante una demanda judicial.
- Considerá tramitar la declaratoria de herederos: Aunque no siempre es obligatoria, esta herramienta puede facilitar el cobro cuando las aseguradoras se niegan a proceder sin este trámite.
- Iniciá acciones legales si corresponde: En caso de que el reclamo formal no prospere, un juicio puede ser la única vía para hacer valer tus derechos.
Conclusión
El cobro de seguros de vida en Argentina puede complicarse debido a las exigencias arbitrarias de las aseguradoras o a situaciones familiares particulares. No obstante, la ley ofrece herramientas claras para proteger a los beneficiarios y herederos forzosos.
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