Indemnización en Casos de Atropellamiento de Peatones
Los peatones son uno de los grupos más vulnerables en el tránsito.
Cuando una persona es atropellada por un vehículo, las consecuencias suelen ser especialmente graves, tanto desde el punto de vista físico como en lo económico y emocional.
Por eso, en este artículo explicamos todas las particularidades de este tipo de accidentes, señalando las consideraciones específicas.
Los accidentes que afectan a peatones se encuadran dentro de los reclamos generales por accidentes de tránsito, aunque presentan particularidades propias: ver guía general sobre accidentes de tránsito.
Reglas generales y temas relacionados
En los accidentes de tránsito en los que un peatón resulta lesionado, el ordenamiento jurídico prevé la posibilidad de reclamar una indemnización por los daños sufridos, siempre que puedan acreditarse las circunstancias del hecho y las responsabilidades involucradas.
Asimismo, recomendamos consultar responsabilidad civil en los accidentes de tránsito. Y para más detalles sobre presunciones y casos típicos: tipos de accidentes, reglas y presunciones legales. Y sobre la determinación de la culpa: cómo se determina la culpa en un accidente.
¿Cuándo un peatón atropellado puede reclamar una indemnización?
Un peatón atropellado puede reclamar una indemnización cuando el accidente le ocasiona daños físicos, psicológicos o patrimoniales y existen elementos que permiten atribuir responsabilidad al conductor del vehículo involucrado o a su aseguradora.
Cada situación debe analizarse en concreto, ya que pueden existir distintas circunstancias relevantes, como la forma en que ocurrió el cruce, la velocidad del vehículo, la señalización del lugar, la visibilidad, y la conducta de las partes involucradas en el hecho.
¿Por qué los accidentes de peatones requieren un análisis específico?
El peatón es el usuario más vulnerable del tránsito y el análisis de responsabilidad y daños en estos casos presenta particularidades que importan tanto para el reclamo como para la cuantificación del perjuicio.
La responsabilidad en los accidentes de tránsito se analiza a la luz de las circunstancias concretas del hecho y del marco normativo aplicable, entre ellos la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que regula las reglas de circulación y los deberes de conducción.
El análisis de estas normas, junto con la prueba del caso, resulta central para determinar si corresponde atribuir responsabilidad y en qué medida.
Al analizar la responsabilidad en estos accidentes, suelen considerarse ciertas reglas de circulación que, según el caso, pueden jugar a favor del peatón. Entre los supuestos que habitualmente se evalúan se encuentran, por ejemplo:
• Atropellamientos en sendas peatonales, especialmente cuando el peatón cruza habilitado por semáforo o señalización.
• Giros de vehículos en esquinas, donde el conductor debe extremar las precauciones frente al cruce de peatones.
• Excesos de velocidad, distracciones o maniobras imprudentes, que incrementan el deber de cuidado del conductor frente a usuarios vulnerables de la vía pública.
• Zonas de circulación reducida o urbana, donde se exige una conducción particularmente atenta ante la posible presencia de peatones.
Estas circunstancias no implican automáticamente responsabilidad, pero suelen ser relevantes al momento de reconstruir el hecho y analizar la conducta de las partes involucradas.
¿Qué daños puede reclamar un peatón atropellado?
En los accidentes de tránsito en los que un peatón resulta atropellado, la indemnización puede comprender distintos tipos de daños, siempre que estén debidamente acreditados y guarden relación con el hecho.
Entre los rubros que habitualmente se reclaman en este tipo de casos se encuentran:
• Daños físicos y secuelas
Lesiones sufridas como consecuencia del atropellamiento y, en su caso, las secuelas permanentes o la incapacidad resultante.
En este aspecto, se reclama el Lucro cesante / pérdida de capacidad de ingresos
• Pérdida de ingresos o disminución de la capacidad laboral
En los casos en que el peatón no puede trabajar durante un período determinado o ve reducida su capacidad para generar ingresos.
• Gastos médicos y de rehabilitación
Incluyen consultas, estudios, tratamientos, medicación, rehabilitación y traslados vinculados a la atención de las lesiones.
• Daño moral
El padecimiento, el dolor y la afectación a la calidad de vida derivados del accidente.
• Tratamiento psicológico o psiquiátrico
Cuando el hecho genera consecuencias emocionales o psíquicas que requieren atención profesional.
La procedencia y el alcance de cada uno de estos rubros dependen de las particularidades del caso, del tipo de lesiones y de la prueba que pueda reunirse.
Qué conviene hacer después de un atropello y qué pruebas reunir
Luego de un atropellamiento, es importante actuar con rapidez y criterio, tanto para la atención de la salud como para preservar elementos de prueba que pueden resultar relevantes en un eventual reclamo.
Atención médica inmediata
Aun cuando las lesiones no parezcan graves en un primer momento, es recomendable recibir atención médica y dejar constancia de las dolencias. Los registros médicos suelen ser una de las pruebas centrales del reclamo.
Constancias del hecho y documentación
Siempre que sea posible, conviene contar con algún tipo de constancia del accidente, como actas policiales, intervenciones de tránsito, registros de emergencias médicas o cualquier documentación que deje asentado lo ocurrido.
Datos del vehículo y testigos
Resulta útil reunir los datos del vehículo involucrado, del conductor y de eventuales testigos presenciales. En muchos casos, el testimonio de terceros es determinante para reconstruir la mecánica del hecho.
Documentación y gastos
Es importante conservar comprobantes de gastos médicos, medicamentos, traslados y tratamientos, así como cualquier documentación vinculada a las consecuencias del accidente.
Consulta con un abogado
Dado que estos casos suelen involucrar cuestiones técnicas, responsabilidades discutidas y la intervención de compañías de seguros, contar con asesoramiento legal desde una etapa temprana permite evaluar correctamente la viabilidad del reclamo y evitar errores que puedan perjudicarlo.
Posibles derivaciones penales y preservación de prueba
En algunos accidentes de tránsito con peatones pueden existir derivaciones penales, especialmente cuando hay lesiones de cierta entidad o se discute la conducta del conductor.
Más allá del curso que tenga la causa penal, la intervención temprana resulta relevante porque permite preservar elementos de prueba que suelen perderse con el paso del tiempo, como filmaciones de cámaras públicas o privadas, registros de tránsito o intervenciones policiales y médicas iniciales.
La producción y conservación de esta prueba en una etapa temprana puede ser útil no solo en sede penal, sino también para el posterior reclamo civil o frente a la aseguradora.
Inicio del reclamo y gestiones ante la aseguradora
Una vez reunida la prueba y evaluada la responsabilidad, el reclamo de indemnización suele iniciarse ante la aseguradora del vehículo involucrado.
En los accidentes de tránsito con peatones, el reclamo suele iniciarse mediante gestiones ante la compañía de seguros del vehículo involucrado, donde se discuten la mecánica del hecho, la responsabilidad y el alcance de los daños reclamados.
Estas instancias requieren un análisis técnico del caso, ya que las aseguradoras suelen solicitar documentación, evaluar la prueba disponible y, en muchos casos, formular observaciones o rechazos que deben ser respondidos adecuadamente.
¿Por qué consultar con un abogado en accidentes de peatones?

La discusión ante aseguradoras suele implicar argumentos técnicos de responsabilidad y cuantificación del daño.
En efecto, los accidentes de tránsito en los que un peatón resulta atropellado suelen involucrar cuestiones técnicas, discusión sobre responsabilidades y la intervención de compañías de seguros, lo que hace recomendable un análisis jurídico cuidadoso del caso.
Un abogado con experiencia en este tipo de reclamos puede evaluar la viabilidad del caso, orientar sobre la prueba necesaria, intervenir frente a la aseguradora y acompañar el proceso de reclamo, ya sea en una instancia extrajudicial o judicial, según corresponda.
Consultar de manera temprana permite contar con una evaluación realista de la situación, evitar errores que puedan perjudicar el reclamo y tomar decisiones informadas desde el inicio.
Peritos médicos, psicólogos, accidentólogos
En muchos casos, el reclamo requiere la intervención de profesionales especializados, como peritos médicos, psicológicos o accidentológicos, que permiten evaluar el alcance de las lesiones, las secuelas y la mecánica del accidente.
La correcta producción y valoración de estas pericias resulta determinante para sustentar el reclamo, tanto en instancias extrajudiciales como judiciales.
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Preguntas frecuentes en accidentes de peatones
No necesariamente. Cada caso debe analizarse en función de cómo ocurrió el accidente y de la conducta de las partes involucradas.
En muchos reclamos se discute la responsabilidad del conductor del vehículo, pero también pueden existir situaciones de culpa concurrente o culpa de la víctima. La posibilidad de obtener una indemnización depende de la prueba disponible y de la evaluación concreta del hecho.
Los peatones gozan de prioridad de paso en sendas peatonales y zonas habilitadas al cruce;
La Ley de Tránsito 24.449 establece presunciones a favor del peatón mientras no incurra en violaciones graves a las reglas del tránsito.
Cruzar fuera de la senda peatonal no impide automáticamente realizar un reclamo, pero es una circunstancia que puede ser considerada al analizar la responsabilidad en el accidente.
En estos casos suele evaluarse la conducta del peatón y del conductor en conjunto, pudiendo existir responsabilidad compartida según las particularidades del hecho y la prueba reunida.
Sí. En los accidentes de tránsito, el reclamo suele dirigirse contra el conductor y su aseguradora, dentro de los alcances de la cobertura contratada.
La existencia de un seguro no impide el reclamo del peatón, aunque pueden surgir discusiones sobre montos, responsabilidad o condiciones de cobertura que deben analizarse en cada caso.
Aun cuando las lesiones sean consideradas leves, puede existir un reclamo si el accidente generó gastos médicos, tratamientos, molestias o consecuencias que puedan acreditarse.
La viabilidad del reclamo y su alcance dependen de la entidad de las lesiones, de la documentación médica y del impacto concreto que el hecho haya tenido en la persona afectada.
Los plazos para iniciar un reclamo pueden variar según el tipo de acción y las circunstancias del caso. Por ese motivo, es recomendable consultar con un abogado lo antes posible para evaluar la situación concreta y evitar la pérdida de derechos por el paso del tiempo.
Conclusión
Consultar con un abogado desde una etapa temprana permite evaluar el caso de manera integral, preservar prueba relevante, encauzar correctamente las gestiones ante la aseguradora y definir la estrategia más adecuada según las particularidades del hecho.

La aseguradora no me quiere pagar. Un auto me atropelló al cruzar la calle, pero el seguro no me responde. Cómo puedo continuar mi reclamo?
Hola. Suele pasar. No pierdas más tiempo discutiendo con la aseguradora. Escribinos, que sabemos cómo defender tu caso.
Buenas! Anoche una persona abrio la puerta del auto y me golpeo mientras venia en bici, tengo heridas en el cuerpo. Dice la policia que la señora ya informo al seguro. Yo tengo que hacer algo?
Hola. Sí, lo primero que te recomendamos es que recibas atención médica en lo inmediato. Como explicamos en https://breit-abogados.ar/accidentes/como-actuar-accidente-atencion-medica-inmediata es muy importante. Luego, como explicamos en https://breit-abogados.ar/accidentes/accidente-motos-bicicleta-monopatin (ver Dooring), podés hacer un reclamo al conductor del vehículo. Por favor escribinos por mail a breit.asociados@gmail.com o por Whatsapp al 5491164398433 y te orientaremos con gusto.