Acuerdos extrajudiciales con aseguradoras: evite engaños y abusos

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¿Cómo impugnar un acuerdo extrajudicial con una aseguradora por el vicio de lesión?

Cuando sufrís un accidente de tránsito y llegás a un acuerdo extrajudicial con una aseguradora, es posible que este sea impugnable si se demuestra que contiene un vicio de lesión.

Este vicio ocurre cuando una parte, aprovechándose de la necesidad, inexperiencia o ligereza de la otra, obtiene una ventaja patrimonial desproporcionada e injustificada. En Argentina, esta figura está contemplada en el artículo 954 del viejo Código Civil y, actualmente, en el artículo 332 del Código Civil y Comercial (CCyC).

En esta publicación te explicamos detalladamente qué es el vicio de lesión, cuáles son los requisitos legales para impugnar un acuerdo, los posibles reclamos y soluciones, y un caso de jurisprudencia que ilustra esta problemática.

¿Qué es el vicio de lesión subjetiva?

El vicio de lesión se produce cuando, al celebrar un acto jurídico, una de las partes se encuentra en una posición de inferioridad (por necesidad económica, desconocimiento o inexperiencia), y la otra parte se aprovecha de esa situación para obtener una ventaja económica excesiva y sin justificación razonable.

Por ejemplo, en el caso de acuerdos extrajudiciales con aseguradoras, muchas veces estas ofrecen montos irrisorios a los damnificados, aprovechando su urgencia económica o su falta de conocimiento técnico para calcular el valor real de la indemnización.

Requisitos para impugnar un acuerdo por lesión

Para que un acuerdo extrajudicial sea declarado nulo o modificado por lesión, deben cumplirse los siguientes requisitos:

Notable desproporción entre las prestaciones:

El acuerdo debe contener una desproporción manifiesta entre lo que recibe una parte y lo que cede la otra. Por ejemplo, si el monto de la indemnización es significativamente inferior al daño sufrido, y esa diferencia no tiene una justificación objetiva.

Estado de inferioridad del damnificado:

Se debe acreditar que la persona perjudicada se encontraba en un estado de necesidad económica, inexperiencia o ligereza al momento de firmar el acuerdo.

Aprovechamiento de la vulnerabilidad:

La otra parte, en este caso la aseguradora, debe haber explotado la situación de inferioridad para obtener una ventaja patrimonial injustificada.

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Causalidad entre la inferioridad y la desproporción:

Es necesario demostrar que la desproporción en el acuerdo fue causada por el aprovechamiento de la situación del damnificado.

Soluciones legales disponibles frente a la lesión en acuerdos extrajudiciales

El artículo 954 del Código Civil y su equivalente en el CCyC permiten dos alternativas:

Declarar la nulidad del acuerdo:

Esto implica que el acuerdo extrajudicial queda sin efecto y las partes vuelven a la situación anterior, permitiendo al damnificado reclamar nuevamente lo que realmente le corresponde.

Reajuste equitativo del acuerdo:

Si el demandado (la aseguradora) ofrece un reajuste justo del acuerdo, el juez puede optar por modificarlo para que refleje una compensación adecuada.

Algunos casos en la jurisprudencia

Un caso emblemático es el fallo que involucra a un damnificado en una situación de vulnerabilidad económica. En este caso, la aseguradora ofreció al lesionado un monto equivalente al 6,6% del valor real de los daños reclamados.

El damnificado, internado en un hospital, con dos hijos a su cargo y afrontando altos costos médicos, firmó el acuerdo por necesidad urgente. Sin embargo, en el juicio posterior, el tribunal declaró nulo el acuerdo por lesión subjetiva, basándose en los siguientes elementos:

  • Desproporción notable: La suma ofrecida era insignificante en comparación con los daños reales sufridos.
  • Estado de necesidad: El damnificado estaba en una posición económica desesperante, lo que limitó su capacidad de negociación.
  • Aprovechamiento: La aseguradora explotó esa situación de necesidad para ofrecer una compensación injusta.

En el caso, se aplicó el artículo 833 del Código Civil, que establece que las normas generales sobre nulidad, incluida la lesión, son aplicables a los acuerdos extrajudiciales.

Caso “Cisneros c/ Chávez y otros”

En este caso, la actora sufrió un accidente de tránsito que le dejó graves lesiones y la incapacidad de continuar trabajando. Durante la etapa extrajudicial, la aseguradora le ofreció montos exiguos, mientras ella se encontraba en una situación de extrema necesidad económica.

  • Situación de vulnerabilidad: La damnificada no podía trabajar, no tenía ingresos y debía afrontar altos costos médicos. Además, no contaba con una red de contención económica, lo que la llevó a aceptar un acuerdo desfavorable.
  • Desproporción evidente: El monto acordado era insignificante en comparación con los daños reclamados y los costos reales derivados del accidente.
  • Tácticas abusivas: La aseguradora retrasó deliberadamente el proceso de negociación, incrementando la desesperación de la damnificada para que aceptara un acuerdo que incluía cláusulas extremadamente desventajosas.
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En el juicio, se solicitó la nulidad del acuerdo por lesión subjetiva, dado que la aseguradora se aprovechó de la vulnerabilidad de la actora para obtener una ventaja patrimonial injustificada.

Consejos para damnificados

Si firmaste un acuerdo extrajudicial con una aseguradora que considerás injusto, tené en cuenta los siguientes pasos:

  1. Consultá con un abogado especializado:
    Un profesional puede analizar las circunstancias del acuerdo y evaluar si existe un vicio de lesión que justifique su impugnación.
  2. Recopilá pruebas:
    Guardá toda la documentación relacionada con el acuerdo, incluyendo correos electrónicos, actas de mediación y cualquier comunicación con la aseguradora.
  3. Documentá tu estado de necesidad:
    Reuní evidencia que demuestre tu situación económica y emocional al momento de firmar el acuerdo (recibos de gastos médicos, declaraciones de testigos, etc.).
  4. Accioná rápidamente:
    El plazo para impugnar un acuerdo es limitado. Consultá con tu abogado para actuar dentro del tiempo previsto por la ley.

Conclusión

Si firmaste un acuerdo extrajudicial con una aseguradora en condiciones desfavorables, recordá que la ley protege a los damnificados que sufren una lesión subjetiva. Este tipo de abusos puede ser impugnado judicialmente, ya sea para declarar la nulidad del acuerdo o para reajustarlo a condiciones justas.

¿Necesitás ayuda legal? Contactanos para recibir asesoramiento especializado en casos de acuerdos abusivos y reclamos por accidentes de tránsito.

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