En el ámbito jurídico argentino, el derecho a la actualización de deudas se ha visto condicionado históricamente por el artículo 7 de la Ley 23.928 (modificado por la Ley 25.561), que prohíbe la indexación y actualización monetaria de las obligaciones dinerarias.
Sin embargo, las realidades económicas actuales, caracterizadas por una inflación elevada, han generado una serie de controversias en cuanto a la aplicación de esta normativa.
A continuación, abordamos los principales puntos de interés, tomando como base el reciente fallo “Barrios”, de la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA), que propone una revisión en el tratamiento de la actualización monetaria.
Contexto Legal y Cambios en la Economía Argentina
Originalmente, la Ley 23.928 fue establecida en 1991 en un contexto de convertibilidad monetaria, cuando la paridad entre el peso argentino y el dólar estaba garantizada (1 peso = 1 dólar).
Esta situación cambió drásticamente a partir de la Ley 25.561, que en 2002 eliminó dicha convertibilidad y declaró la emergencia económica.
Desde entonces, la economía argentina ha sufrido una inflación persistente que ha erosionado significativamente el poder adquisitivo de la moneda y los salarios, afectando la integridad patrimonial de los acreedores.
La Inconstitucionalidad Sobreviniente del Artículo 7 de la Ley 23.928
El fallo “Barrios” de la SCBA se centra en el impacto negativo de la inflación sobre los créditos reconocidos en procesos judiciales, y establece que la prohibición de actualización monetaria establecida por el artículo 7 de la Ley 23.928 resulta incongruente en un contexto de elevada inflación. La SCBA sostiene que mantener el monto nominal sin ajuste no solo desvirtúa el valor real del crédito, sino que también incentiva a los deudores a incumplir, generando prácticas dilatorias en los juicios.
Herramientas de Ajuste: Índice CER y Tasa de Interés Anual del 6%
Como una solución objetiva para adecuar los montos de las obligaciones, la SCBA recomienda aplicar el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), acompañado de una tasa de interés pura del 6% anual.
Esto permite que el monto de las deudas refleje, de manera más justa, el valor económico real, evitando la licuación del crédito en términos de poder adquisitivo.
Casos Prácticos y Ejemplificación
En demandas por deudas, especialmente en el ámbito de expensas o incumplimientos de pago en consorcios, se ha demostrado que el simple uso de la tasa activa bancaria más alta no es suficiente para preservar la integridad del crédito.
El fallo “Barrios” sugiere que, mediante la aplicación del CER más el interés del 6%, se logra una compensación más adecuada en relación con la inflación. Así, una deuda nominal que, sin ajuste, apenas alcanzaría una fracción de su valor inicial, puede actualizarse para reflejar una suma realista y justa.
Impacto del Fallo “Barrios” en el Reclamo de Deudas Judiciales
La jurisprudencia actual, con el respaldo del fallo “Barrios”, permite que los acreedores puedan exigir la actualización de sus créditos en función del CER y una tasa pura, evitando así los efectos adversos de la inflación en sus patrimonios. Este fallo no solo actúa en favor de quienes buscan justicia en procesos judiciales, sino que también aporta una solución frente a la pérdida de poder adquisitivo en contextos de elevada inflación.
Conclusión
La situación económica argentina y la doctrina legal emergente, como en el caso “Barrios”, representan un cambio significativo en la forma en que se entienden las deudas en pesos. El uso del CER y una tasa del 6% anual ayudan a garantizar que los acreedores no sean víctimas de la licuación de sus créditos, brindándoles una tutela judicial efectiva que protege el valor real de sus acreencias.
Fundamentos del Fallo “Barrios”: Protección del Valor Real de los Créditos
En su fallo, la SCBA establece que las “actuales condiciones inflacionarias también impactan negativamente en quienes reclaman o tienen un crédito reconocido en un proceso judicial, pues el paso del tiempo puede derivar en la licuación de su acreencia”. La Corte reconoce que esta pérdida no solo afecta el derecho patrimonial de los acreedores, sino que también crea un incentivo para que los deudores se retrasen en sus pagos, lo cual genera un sistema disfuncional donde se profundizan los niveles de morosidad.
Además, la SCBA señala que mantener la prohibición de indexación vulnera los principios de defensa en juicio y acceso a una tutela judicial efectiva. Al licuarse el valor de los créditos, los acreedores reciben un monto nominal que no refleja su valor real en términos de poder adquisitivo, resultando en una injusticia económica y jurídica.
Herramientas de Actualización: CER y Tasa de Interés Pura del 6%
Como solución, el fallo “Barrios” propone una herramienta de actualización objetiva: el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), que ajusta el valor de las deudas de acuerdo con la variación de precios y, por ende, con la inflación. Además, la SCBA sugiere la aplicación de una tasa de interés pura del 6% anual, lo que permite que los montos adeudados en pesos mantengan su valor en términos reales.
Esta combinación de CER más una tasa de interés del 6% es aplicable tanto a las deudas de expensas, que fueron el objeto específico del fallo, como a cualquier otro tipo de reclamo monetario, incluyendo deudas contractuales, daños y perjuicios e indemnizaciones, ya que el principio subyacente es la protección del valor patrimonial de los créditos en un contexto inflacionario.
Planteo de Inconstitucionalidad Sobreviniente en Reclamos Judiciales
Los litigantes que busquen la aplicación de este criterio en sus reclamos pueden presentar el planteo de inconstitucionalidad sobreviniente del artículo 7 de la Ley 23.928, argumentando que las condiciones económicas actuales son radicalmente diferentes de aquellas que motivaron la sanción de la ley en 1991. Este planteo puede fundamentarse en que, al no permitir la actualización monetaria de las deudas, se genera una pérdida patrimonial irrecuperable, que constituye un ataque a la integridad económica del acreedor y una violación de sus derechos constitucionales.
Ejemplo de Planteo de Inconstitucionalidad
Para solicitar la actualización de una deuda en juicio, un acreedor podría fundarse en el fallo “Barrios”, y alegar que el artículo 7 de la Ley 23.928 se ha vuelto inconstitucional en el contexto económico actual, caracterizado por una inflación superior al 200% interanual. De esta manera, podría solicitar que se aplique el CER y una tasa pura del 6% a su reclamo, evitando que el monto nominal pierda su valor real y garantizando una justa compensación económica.
Beneficios de la Aplicación del CER y la Tasa Pura
La aplicación de estos índices en los reclamos monetarios permite que los acreedores perciban un monto que refleje el valor económico real de su crédito, evitando su licuación por efecto de la inflación. Además, esto desincentiva las prácticas dilatorias y promueve una justicia más eficiente, donde el deudor no obtenga un beneficio injusto a expensas del tiempo.
Conclusión
La jurisprudencia del fallo “Barrios” marca un cambio significativo en el derecho argentino, al abrir la posibilidad de actualizar los créditos en pesos mediante el CER y una tasa de interés del 6%.
Esta actualización permite que las deudas mantengan su valor en un contexto de inflación elevada y representa una herramienta fundamental para aquellos que buscan una justicia patrimonial real en sus reclamos judiciales.
Además, el fallo destaca la posibilidad de plantear la inconstitucionalidad sobreviniente de las normas de prohibición de indexación, lo cual permite adecuar el derecho a la realidad económica y proteger efectivamente los derechos patrimoniales de los acreedores en Argentina.