Accidentes de Tránsito In Itinere y ocupacionales (Riesgos del Trabajo) y Accidentes de Tránsito (régimen común de Responsabilidad Civil).
Cuando un trabajador sufre un accidente de tránsito yendo o volviendo del trabajo, pueden activarse dos regímenes distintos: el sistema de riesgos del trabajo (ART) y el seguro de responsabilidad civil automotor del tercero interviniente.
Son coberturas con finalidades diferentes. La ART se orienta a prestaciones médicas y económicas propias del régimen laboral, mientras que el seguro automotor responde por daños derivados de la responsabilidad civil del accidente de tránsito.
Estas cuestiones deben analizarse dentro del marco del régimen de riesgos del trabajo (ART).
Si querés profundizar el circuito laboral, podés ver: qué hacer ante un accidente laboral, documentación para reclamar ante la ART, prestaciones ART y procedimiento administrativo/comisiones médicas.
Los plazos del régimen ART tienen reglas propias. Hay que tener en cuenta los plazos para reclamar ante la ART, que pueden influir en la estrategia, porque difiere del reclamo civil: el plazo para el reclamo por ART son 2 años, mientras que el plazo civil son 3 años.

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Este artículo forma parte de nuestra guía general sobre accidentes de tránsito y se complementa con otros contenidos específicos, como:
- qué hacer después de un accidente de tránsito;
- atención médica inmediata tras un accidente;
- cómo iniciar el reclamo; y
- cómo se calculan los distintos rubros indemnizables, como incapacidad, fallecimiento, etc..
Cada uno de estos aspectos aborda una etapa distinta del proceso. Consultá también dichas publicaciones sobre indemnizaciones por accidentes de tránsito para más información.
¿Qué es un accidente in itinere?
Se considera accidente in itinere el que ocurre durante el trayecto habitual y razonable entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, o viceversa. En estos casos puede activarse la cobertura de la ART si se cumplen los requisitos propios del régimen.
Cuando el hecho además es un accidente de tránsito, puede coexistir un reclamo laboral (ART) y un reclamo civil contra el responsable y su aseguradora, según las circunstancias del caso.
Según la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT – ver dudas frecuentes), para que un accidente constituya in itinere debe ocurrir en el trayecto habitual y razonable entre el domicilio y el lugar de trabajo, sin interrupciones ajenas al trabajo. El trabajador puede notificar por escrito modificaciones del trayecto según las normas vigentes.
Accidente in itinere: ¿Cómo cobrar a la ART y al seguro civil?
Es común pensar que, si una persona que sufrió un accidente in itinere recibe una compensación de la ART, ello implica una renuncia al reclamo civil.
Sin embargo, la normativa vigente y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en fallos como “Ontiveros” y “Grippo”, establecen que esta interpretación es incorrecta, permitiendo en ciertos casos un doble reclamo.
¿Cómo se estructura el reclamo en estos casos?
En un accidente in itinere, el damnificado puede tener derecho a efectuar un reclamo dual: uno a la ART y otro al seguro del responsable civil del accidente.
Para saber cómo actuar desde el primer momento en caso de accidente laboral, ver: qué hacer ante un accidente laboral.
La SRT recomienda que el trabajador comunique el accidente al empleador lo antes posible para que éste informe a la ART. Si la ART rechaza inicialmente el accidente, el trabajador puede presentar la denuncia ante la comisión médica correspondiente.
Cuando hay discrepancias sobre el alcance de un reclamo, es importante entender el procedimiento administrativo ante la ART y las comisiones médicas.
Ejemplo práctico:
Supongamos que un cliente, mientras retorna a su hogar en moto desde el trabajo, es embestido por otro vehículo. Este tipo de accidente puede generar daños tanto en el vehículo del damnificado (por ejemplo, su moto) como en su persona (incapacidad física, secuelas psicológicas, entre otros). En este caso, se podría reclamar:
- Daños materiales (moto, accesorios, privación de uso, entre otros): Estos solo pueden reclamarse al seguro del conductor responsable del siniestro. Algunos daños materiales específicos, si el damnificado cuenta con cobertura de destrucción total o seguro “todo riesgo”, podrían también ser reclamados a su propia aseguradora.
- Lesiones o daños a la integridad psicofísica: Aquí surge una oportunidad de doble reclamo. Puede gestionarse tanto con el seguro civil del responsable como con la ART, obteniendo un resarcimiento por incapacidad.
ART vs. seguro automotor: qué cubre cada uno
ART (Riesgos del Trabajo)
Dentro de la ART pueden corresponder diversas prestaciones médicas y económicas según la situación concreta.
- Cubre contingencias laborales (incluido in itinere).
- Brinda prestaciones médicas (atención, rehabilitación, medicamentos).
- Puede reconocer prestaciones económicas según incapacidad (ILT, ILP, etc.).
- Se tramita con reglas propias del sistema (procedimiento y, en ciertos casos, comisiones médicas).
Seguro de responsabilidad civil automotor
- Cubre la responsabilidad civil del conductor/propietario frente a terceros.
- Puede cubrir daños materiales (vehículo, privación de uso) y otros daños reclamables según el caso.
- Se reclama ante la aseguradora del responsable (o judicialmente si no hay acuerdo).
¿La ART paga los daños del vehículo?
No. En general, los daños materiales del rodado (reparación, destrucción total, privación de uso) no son objeto de la cobertura de la ART. Esos rubros suelen reclamarse al seguro de responsabilidad civil automotor del responsable (o a coberturas propias del damnificado, según el caso).
¿Se puede reclamar a la ART y al seguro automotor?
En principio, el reclamo ante la ART no excluye automáticamente un reclamo contra el responsable del accidente de tránsito y su aseguradora. Son sistemas diferentes: uno laboral (ART) y otro civil (seguro automotor).
Dicho esto, el alcance concreto de lo reclamable y la forma de articular ambos reclamos depende del caso, especialmente para evitar superposiciones indebidas de rubros. Por eso conviene analizar la estrategia antes de aceptar acuerdos o firmar documentación.
Subrogación de la ART frente al seguro civil automotor
Cuando la ART otorga prestaciones por un accidente causado por un tercero, el régimen de riesgos del trabajo puede ejercer la subrogación frente al seguro de responsabilidad civil automotor del responsable.
Esto significa que la ART, una vez que ha pagado prestaciones laborales, puede reclamar al asegurador civil el monto correspondiente a las indemnizaciones o gastos que le han correspondido, siempre dentro de los límites legales y sin perjudicar los derechos básicos del trabajador.
La subrogación permite que, sin perjuicio de las prestaciones laborales, el sistema recupere parte de lo que pagó ante el responsable civil, evitando que la carga final del siniestro recaiga únicamente en el régimen laboral.
Estrategias para el cobro de la ART y el seguro civil
Para maximizar el reclamo sin afectar la cobertura de la ART, es clave que el trabajador reciba atención médica tanto en la ART como, de ser posible, en su Obra Social, una entidad privada o en un hospital público.
De esta forma, se conserva un respaldo médico exhaustivo para el reclamo sin interrumpir los tratamientos que la ART pueda haber ordenado. Esto permitirá disponer de toda la documentación y estudios médicos necesarios al momento de iniciar la acción civil.
Reclamo prejudicial o administrativo al seguro del responsable civil
Desde el momento del accidente, es viable citar a mediación a la aseguradora del conductor responsable.
No obstante, en los reclamos prejudiciales (como la mediación) es común que las aseguradoras civiles ofrezcan sumas bajas si saben que hay una ART involucrada, especialmente si esta ya hizo o está cerca de hacer una oferta económica. Esto sucede porque:
- Declaración jurada: En ocasiones, el seguro civil intenta que el damnificado declare que no ha recibido ni reclamará ningún importe a la ART. Sin embargo, los derechos laborales son irrenunciables, y dicha declaración jurada carece de fuerza jurídica en este contexto.
- Previsión de pérdida futura: La aseguradora de responsabilidad civil calcula que podría tener que restituir parte del monto indemnizatorio si la ART reclama a futuro, y por ello ofrece menos en la mediación.
En consecuencia, si se alcanza un acuerdo prejudicial con la ART, el seguro civil puede ofrecer una suma reducida para cubrir las lesiones, lo cual podría desincentivar el reclamo o juicio en sede civil.
Esta guía forma parte de nuestra guía general sobre accidentes de tránsito, donde podés ver otros tipos de reclamos y situaciones frecuentes.
El reclamo judicial: decidir la mejor vía de acción
Si el reclamo no logra resolverse en la mediación, cabe analizar el camino más adecuado:
- Reclamo en sede civil: Es recomendable plantear en la demanda todos los conceptos resarcitorios contra el seguro civil del responsable. Así, se busca unificar en un solo reclamo la incapacidad física total, el daño moral y los daños materiales. Si se llega a un acuerdo con la ART en la comisión médica, se evita la duplicación de reclamos en sede laboral y se fortalece el caso en sede civil.
- Oficio de la ART al seguro civil: La aseguradora del conductor podría solicitar a la ART que informe cuánto abonó al damnificado. Este monto, en ciertos casos, puede descontarse del total que finalmente se reconozca en sede civil, aunque existen argumentos para evitar este descuento.
Reclamo judicial: ¿Sede civil, sede laboral o ambas?
En términos prácticos, es recomendable presentar el reclamo en sede civil contra el seguro del responsable para centralizar la demanda, incluyendo todos los conceptos resarcitorios (incapacidad, daño moral, daños materiales).
La mejor estrategia suele ser acordar con la ART en la comisión médica, y luego llevar a la justicia civil el reclamo total de daños.
Esto permite que en el expediente civil se verifique el monto abonado por la ART y, en ciertos casos, se planteen argumentos que eviten la deducción de la indemnización laboral del monto total civil.
La importancia de los fallos “Ontiveros” y “Grippo”
En los fallos “Ontiveros” y “Grippo”, la Corte Suprema ha sostenido que la indemnización abonada por la ART no necesariamente debe ser deducida de la indemnización civil, siempre y cuando no exista duplicidad en los conceptos reclamados. En “Ontiveros”, se enfatizó la reparación plena del daño, permitiendo que el monto recibido de la ART no se descuente de la indemnización civil cuando se trata de conceptos distintos, y en “Grippo” se afirmó la posibilidad de reclamar daños extralaborales en sede civil sin que ello implique una superposición indebida con los derechos que se otorgan en el ámbito laboral.
Naturaleza resarcitoria de las indemnizaciones y la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT)
En accidentes de trabajo y de tránsito existe una diferencia fundamental entre el tipo de resarcimiento que otorga la LRT y el que corresponde en el ámbito civil.
La LRT, como parte de la seguridad social, otorga compensaciones dinerarias tarifadas que cubren la pérdida de capacidad laboral del damnificado, pero no cubre otras consecuencias personales del accidente, como la pérdida de capacidades para el ámbito personal o familiar.
En cambio, el derecho civil busca resarcir la integridad de la persona, incluyendo daños físicos, morales y patrimoniales. La incapacidad física en sede civil incluye tanto la pérdida de capacidad laboral como los aspectos extralaborales que impactan en la vida social y familiar de la víctima, permitiendo que los conceptos sean acumulables en algunos casos.
- Ley 26.773 y acumulación de indemnizaciones: Según esta ley, el trabajador no puede cobrar indemnizaciones por el mismo evento en ambos sistemas (ART y civil) sin deducir el monto ya percibido en sede laboral. Sin embargo, algunos fallos recientes han cuestionado esta restricción, especialmente cuando las indemnizaciones cubren distintos aspectos del daño sufrido.
Cuantificación del daño y el “descuento” de la indemnización civil
En la práctica, ciertos jueces ordenan que el monto ya abonado por la ART sea deducido de la indemnización civil.
Sin embargo, existen razones para argumentar que este descuento no debería aplicarse automáticamente:
- Naturaleza diferenciada: La ART cubre principalmente la incapacidad laboral, mientras que la sede civil aborda la incapacidad en todas sus facetas.
- Protección de la víctima: En muchos casos, el descuento debería producirse solo en ciertos términos que eviten la doble penalización del damnificado, en especial cuando las sumas involucradas cubren distintos aspectos del daño.
En la práctica, el monto abonado por una ART debería ser adicional al monto de la indemnización civil, ya que el sistema civil contempla la reparación integral. La Corte Suprema ha enfatizado en sus decisiones que la reparación debe ser lo más completa posible, evitando criterios restrictivos que disminuyan la indemnización a la víctima.
Pasos recomendados en un accidente in itinere
1) Priorizar la atención médica y conservar constancias.
2) Realizar las denuncias correspondientes (según el caso).
3) Reunir documentación médica y laboral (antes de cualquier reclamo, es clave contar con la documentación necesaria para reclamar ante la ART).
4) Analizar si corresponde, además, un reclamo civil por el accidente de tránsito.
5) Evitar firmar acuerdos sin comprender su alcance.
Errores comunes que conviene evitar
- Creer que la ART cubre el daño del vehículo.
- Pensar que “cobrar de la ART” implica automáticamente renunciar a otros reclamos.
- Aceptar un acuerdo sin revisar qué rubros incluye y cuáles quedan afuera.
- Dejar pasar tiempo sin analizar plazos.
Preguntas frecuentes
En principio sí, porque son regímenes distintos (laboral y civil). El alcance concreto depende del caso y de los rubros involucrados.
Prestaciones médicas y, según el caso, prestaciones económicas del régimen (por incapacidad temporaria o permanente).
Principalmente daños derivados del accidente de tránsito (por ejemplo, daños materiales del vehículo), según responsabilidad y cobertura.
En general, no. Eso se reclama por la vía del seguro automotor o coberturas propias.
Se puede evaluar un reclamo separado por daños materiales contra el responsable y su aseguradora, según el caso.
Los plazos pueden variar según el tipo de reclamo (ART vs. civil). Conviene analizarlo cuanto antes.
Conclusión
En los reclamos por accidentes in itinere, el damnificado puede y debe considerar tanto la vía civil como la laboral, siempre que se respeten los procedimientos y se actúe en función de las pruebas existentes y la estrategia legal más favorable para el caso específico. La acumulación de indemnizaciones sigue siendo un tema complejo y en evolución, pero resulta clave comprender la independencia entre el reclamo laboral y el civil para maximizar el resarcimiento debido al damnificado.