Venta de Parte Indivisa — Compramos tu parte aunque haya conflictos, deudas o inhibición

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Tenés un inmueble que no podés vender porque no está todo el condominio de acuerdo, o porque la sucesión no terminó, o porque hay embargos o inhibiciones que te traban. No importa la causa: compramos tu parte indivisa y te pagamos al momento de la firma.

Trabajamos en Capital Federal y Gran Buenos Aires con un grupo inversor especializado en situaciones que los compradores del mercado común no saben resolver.

⇢ Contános tu caso por WhatsApp y recibís una propuesta sin compromiso.

¿Qué es una parte indivisa?

Cuando un inmueble pertenece a más de una persona —ya sea por herencia, por compra conjunta o por una donación— cada titular tiene una parte proporcional del total, pero no sobre un sector determinado del bien. Esa fracción ideal se llama parte indivisa.

La parte indivisa no te da derecho a ocupar el 50% del departamento ni a decidir unilateralmente su destino: te da una cuota del dominio. Y esa cuota se puede vender, aunque los demás co-titulares no estén de acuerdo.

Ejemplo frecuente: tres hermanos heredan un departamento. Uno quiere vender, los otros dos no. El que quiere salir puede vendernos su parte sin necesidad de que los demás consientan.

Las dos situaciones más frecuentes

1. Parte indivisa por herencia (comunidad hereditaria)

La sucesión no terminó o hay un conflicto entre herederos que la hace interminable. Cada heredero tiene una cuota ideal sobre la masa hereditaria. Esa cuota puede cederse mediante escritura pública, sin esperar la partición y sin el consentimiento de los demás.

El contrato se llama cesión de derechos hereditarios. El cesionario —nuestro grupo inversor— asume la continuidad del trámite, las deudas vinculadas a la sucesión y los eventuales conflictos. Vos recibís el precio y te desvincúlas del proceso.

  • No es necesario tener la declaratoria de herederos dictada.
  • No se requiere el consentimiento de los demás herederos.
  • No genera responsabilidad civil frente a los cohérederos.

→ Para más detalles sobre el proceso y sus efectos, ver nuestra guía sobre cesión de derechos hereditarios.

2. Parte indivisa en condominio

El inmueble está inscripto a nombre de dos o más personas que lo compraron juntas, lo recibieron por donación o que ya pasaron por la partición de una herencia. La situación es jurídicamente distinta —ya no hay comunidad hereditaria, sino condominio— pero la solución es similar: cualquier condómino puede enajenar su parte indivisa sin necesidad de que los demás lo autoricen.

Compramos partes indivisas en condominio aunque el co-titular se oponga, aunque el bien esté ocupado, aunque haya litigios pendientes entre los condóminos.

→ Para el caso de querer resolver el conflicto judicialmente, ver división de condominio.

Situaciones en las que compramos igual

Conflicto familiar o societario: los herederos o condóminos no llegan a un acuerdo. Uno bloquea todo. Compramos tu parte y asumimos la gestión del conflicto.

→ También puede interesarte: Conflictos y Reclamos entre herederos

Sucesión sin terminar: no importa si no hay declaratoria, si hay herederos ignorados o si el expediente lleva años parado. La cesión se puede hacer desde el momento del fallecimiento.

→ También puede interesarte: venta de bienes en sucesión cuando todos los herederos están de acuerdo.

Inmueble con deudas: hipotecas impagas, expensas atrasadas, embargos, juicios laborales de la sucesión. Evaluamos el caso y si el número cierra, compramos igual.

→ Ver también: venta de bienes en sucesión con deudas.

Inhibición de bienes: si estás inhibido, no podés vender libremente. Pero sí podés ceder tus derechos hereditarios. La operación se estructura para respetar la restricción y permitirte salir.

Bien con ocupantes: el inmueble está ocupado por un integrante de la familia, por un tercero con o sin contrato, o por intrusos. La situación de ocupación es un factor que afecta el precio, pero no impide la compra. Naturalmente, depende de que no haya sido usucapida (poseída por más de 20 años) por ese ocupante.

PH con alto porcentual: trabajamos en la adquisición de unidades funcionales de alto porcentual en propiedades horizontales de CABA con miras a la consolidación del total para disposición del terreno. Es un producto de nicho para inversores y desarrolladores.

→ Ver: compra de PH con alto porcentual en CABA para adquisición de terreno.

¿Cuánto vale tu parte indivisa?

No vamos a decirte que pagámos el valor de mercado. La compra de una parte indivisa en situación conflictiva no es lo mismo que la venta de un inmueble libre y disponible. El comprador asume trabajo, tiempo, incertidumbre y dinero. Eso tiene un costo que se refleja en el precio.

La lógica es simple: si tu parte indivisa del 50% corresponde a un inmueble que en mercado abierto vale $100, no esperés recibir $50. El precio probable estará bastante por debajo, porque lo que estamos comprando no es un inmueble: es un problema con potencial.

Lo que sí podemos ofrecerte: pago en efectivo, al momento de la firma de la escritura pública, sin comisiones inmobiliarias, sin demoras.

Si tu expectativa es obtener el valor proporcional de mercado, la mejor opción es resolver el conflicto, finalizar la sucesión y vender el bien libre. Nosotros existimos para la situación donde eso no es posible o no es lo que querés.

Cómo funciona el proceso

Paso 1 — Contanos el caso

Nos escribís por WhatsApp o mail con los datos básicos: tipo de bien, ubicación, tus derechos, situación de la sucesión o el condominio, existencia de deudas o gravámenes.

Paso 2 — Evaluamos y te damos una respuesta

Analizamos la viabilidad jurídica y económica. Si el caso encaja con los criterios del grupo inversor, te hacemos una propuesta concreta de precio y condiciones.

Paso 3 — Escritura y pago

Si acéptas la propuesta, coordinamos la escritura pública de cesión o compraventa según corresponda. El pago se realiza al momento de la firma. Nosotros nos ocupamos de la continuidad del trámite posterior.

Documentación básica que necesitamos

  • Datos del inmueble (dirección, número de partida o matrícula).
  • Copia del título de propiedad o del testimonio del auto que inscribió la declaratoria.
  • En caso de sucesión: acta de defunción del causante, estado del expediente.
  • Información sobre deudas, embargos, inhibiciones o juicios que afecten el bien.
  • Situación de ocupación del inmueble.

No hace falta que tengas todo ordenado. Evaluamos casos en cualquier estado. Lo importante es tener un panorama inicial del bien y de la situación jurídica.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el acuerdo de los demás herederos o condóminos para vender?

No. Cada heredero puede ceder sus derechos hereditarios a un tercero sin el consentimiento de los demás. Y cada condómino puede enajenar su parte indivisa por las mismas razones. La operación se formaliza mediante escritura pública y se notifica en el expediente sucesorio.

¿Puedo vender si tengo una inhibición de bienes?

Sí, en la mayoría de los casos. La inhibición restringe la disposición de bienes registrables, pero la cesión de derechos hereditarios puede estructurarse de manera de no violar esa restricción. Consultános el caso puntual.

¿Cuánto tiempo lleva la operación?

Desde que hacemos la propuesta hasta la escritura, el plazo típico es de 2 a 6 semanas, dependiendo de la complejidad del caso y de la disponibilidad notarial.

¿Trabajan solo en CABA?

Principalmente en Capital Federal y zona norte del Gran Buenos Aires (Vicente López, San Isidro, Tigre, Escobar, Pilar). En casos excepcionales de inmuebles de valor importante, evaluamos otras jurisdicciones.

¿Cobran honorarios por la consulta?

La consulta inicial es sin cargo. Si la operación se concreta, nuestros honorarios profesionales están incluidos en la gestión; el vendedor no abona comisiones inmobiliarias.

Contános tu caso

Si llegaste hasta acá es porque tenés una situación que el mercado inmobiliario común no te puede resolver. Nosotros sí podemos.

Escribínos por WhatsApp con los datos básicos del inmueble y tu situación. Sin compromiso. Sin costo. Con una respuesta concreta.

⇢ Enviar WhatsApp ahora

⇢ Escribir por mail: breit.asociados@gmail.com

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