Sucesiones internacionales: herencias con bienes o herederos en distintos países

Tabla de contenido

Las sucesiones internacionales plantean una complejidad adicional respecto de las sucesiones puramente locales. Esto ocurre cuando el causante, los herederos o los bienes se encuentran en distintos países, o cuando intervienen normas de más de un ordenamiento jurídico.

En estos casos, resulta fundamental analizar qué ley resulta aplicable, qué juez es competente y cómo se coordinan los distintos sistemas jurídicos para lograr una transmisión válida de los bienes.

Una sucesión internacional mal abordada puede generar demoras, conflictos y costos innecesarios.

Para una visión general del proceso sucesorio en Argentina, podés ver nuestra Guía completa sobre sucesiones.

¿Qué es una sucesión internacional?

¿Cuándo se considera que una sucesión es internacional?

Una sucesión tiene carácter internacional cuando presenta algún elemento extranjero relevante, como por ejemplo:

  • El causante tenía domicilio o residencia en otro país.
  • Existen bienes situados en el extranjero.
  • Los herederos residen fuera de Argentina.
  • El testamento fue otorgado en otro país.

La presencia de uno o varios de estos elementos obliga a analizar la sucesión desde una perspectiva de derecho internacional privado.

Casos de sucesiones internacionales

Con la multiplicación de los intercambios internacionales y la facilidad creciente para comunicarse y viajar, las sucesiones internacionales han aumentado significativamente.

Régimen Argentino. Derecho internacional privado Argentino

Argentina aún no cuenta con regímenes como el Europeo, que simplifica bastante las sucesiones internacionales, al unificar la ley aplicable: la ley que se aplica es la ley del Estado miembro en el cual el causante ha fallecido, para todos sus bienes, muebles o inmuebles. La aplicación de diferentes leyes constituye un factor de complejidad, generador de costos adicionales y retrasos en el tratamiento de las sucesiones, ciertamente.

En Argentina existe un tratamiento menos uniforme, tal como comentaremos más abajo. No obstante, con el nuevo Código civil y comercial se han aclarado y organizado aspectos de las sucesiones internacionales que van en la dirección correcta.

Sucesiones internacionales en Argentina

Ley aplicable y competencia en las sucesiones internacionales

En las sucesiones internacionales es necesario determinar qué ley rige la transmisión hereditaria y qué jueces resultan competentes para intervenir.

Esta determinación no es automática y depende de múltiples factores, como el domicilio del causante, la ubicación de los bienes y las normas aplicables en cada jurisdicción.

Un análisis incorrecto de estos aspectos puede derivar en decisiones ineficaces o en la imposibilidad de ejecutar resoluciones en otros países.

Qué dicen las normas

El art. 2643 prevé que “Son competentes para entender en la sucesión por causa de muerte, los jueces del último domicilio del causante o los del lugar de situación de los bienes inmuebles en el país respecto de éstos.

Bienes ubicados en Argentina y en el exterior

Cuando una sucesión incluye bienes situados en distintos países, es habitual que deban realizarse trámites sucesorios en más de una jurisdicción.

Los bienes ubicados en Argentina suelen requerir un proceso sucesorio local para su transmisión, aun cuando exista un trámite sucesorio iniciado en el extranjero.

En relación con bienes específicos, puede resultar útil:

Ejemplo. Inmueble en Argentina, causante no residente

Si se trata de una persona que tuvo último domicilio en el exterior, pero tenía un inmueble en Argentina, al margen de la sucesión que se haga en el exterior, debe tramitarse un proceso sucesorio local, bajo ley argentina (sujeto a las limitaciones de orden público, como la legítima hereditaria para herederos forzosos, aunque en el exterior no aplique), para transmitir ese inmueble a los herederos.

Este tipo de procesos son bastante más frecuentes de lo que uno cree.

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Herederos que residen en el extranjero

La residencia de los herederos fuera de Argentina introduce cuestiones prácticas adicionales, como la necesidad de realizar trámites a distancia, acreditar identidad, otorgar poderes o coordinar actuaciones entre distintos países.

Estas situaciones requieren una planificación adecuada para evitar demoras y dificultades operativas.

Conflictos y actos cuestionables en sucesiones internacionales

Las sucesiones internacionales también pueden dar lugar a conflictos entre herederos o a cuestionamientos sobre actos realizados en vida por el causante, especialmente cuando intervienen distintas jurisdicciones.

Para profundizar en estos supuestos, ver:

Derecho aplicable: Ley del último domicilio, excepto inmuebles

El 2644 determina, por su parte, que “La sucesión por causa de muerte se rige por el derecho del domicilio del causante al tiempo de su fallecimiento. Respecto de los bienes inmuebles situados en el país, se aplica el derecho argentino.

Conflictos de leyes aplicables: Testamentos. Orden público. Legítima hereditaria. Herederos forzosos. Reclamos hereditarios

Los conflictos de leyes aplicables a veces también dan lugar cuestiones difíciles de resolver, como por ej. la violación de la legítima de un heredero forzoso (para la ley Argentina, es un tema de orden público, mientras otros países lo permiten con total libertad).

Aquí se pueden ver ejemplos de planificación sucesoria que, a nivel internacional (trusts o fideicomisos, o sociedades offshore, cuentas bancarias en el exterior), pueden generar conflictos de leyes del tipo señalado.

aquí se pueden consultar una variedad de reclamos de origen sucesorio a los que estas cuestiones pueden dar lugar, por violación a la legítima de los herederos forzosos.

Testamentos otorgados en el extranjero.

Cuando el causante otorgó testamento fuera de Argentina, es necesario analizar su validez formal y sustancial, así como su eficacia respecto de los bienes situados en el país.

La existencia de un testamento extranjero no siempre evita la necesidad de realizar trámites sucesorios locales.

Ley aplicable. Capacidad. Testamento consular.

El art. 2645 establece que “El testamento otorgado en el extranjero es válido en la República según las formas exigidas por la ley del lugar de su otorgamiento, por la ley del domicilio, de la residencia habitual, o de la nacionalidad del testador al momento de testar o por las formas legales argentinas.”

El art. 2646 prevé el testamento consular (el testamento escrito hecho en país extranjero por un argentino o por un extranjero domiciliado en el Estado, ante el consulado y dos testigos domiciliados en el lugar donde se otorgue el testamento).

El art. 2647 prevé que “La capacidad para otorgar testamento y revocarlo se rige por el derecho del domicilio del testador al tiempo de la realización del acto.”

Aspectos tributarios y fiscales de la venta de inmuebles por no residentes

Cuando una sucesión internacional incluye bienes inmuebles situados en Argentina y los vendedores o herederos residen en el exterior, se plantean aspectos fiscales que es importante conocer antes de concretar la transferencia del dominio.

Históricamente, el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (ITI) exigía la gestión de un certificado de retención ante la AFIP para los sujetos no residentes que vendían inmuebles en el país. Este régimen estaba asociado a un gravamen sobre la transferencia, con trámites adicionales de certificación y valuación. :contentReference[oaicite:0]{index=0}

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No obstante, a partir del 9 de julio de 2024 el ITI fue derogado por la Ley 27.743, y con ello se dejó sin efecto el trámite del certificado de retención ITI para hechos imponibles que se configuren a partir de esa fecha. Esto significa que ya no debe gestionarse ese certificado específico para transferencias de inmuebles por parte de no residentes. :contentReference[oaicite:1]{index=1}

En la práctica, la enajenación de inmuebles por no residentes puede quedar alcanzada por otros impuestos aplicables en Argentina, como el impuesto cedular o el impuesto a las ganancias sobre las ganancias derivadas de la transferencia, dependiendo de la fecha de adquisición y de la situación impositiva del bien. :contentReference[oaicite:2]{index=2}

Debido a que la normativa puede cambiar con el tiempo y que cada operación tiene particularidades —por ejemplo, el año de adquisición del inmueble, el régimen fiscal del vendedor y la existencia de tratados de doble imposición— es recomendable evaluar el caso con un especialista en derecho tributario antes de avanzar con la venta.

Para tratar específicamente estos aspectos en profundidad, ver: Tributación y aspectos fiscales de venta de inmuebles en Argentina por no residentes

Tramitación de sucesiones internacionales, con elementos en cualquier parte del mundo

Nos especializamos en temas sucesorios, y tenemos amplia experiencia en la tramitación de sucesiones internacionales.

Trabajamos con herederos no residentes en Argentina, así como también asesoramos a clientes residentes en la tramitación de Sucesiones en otros países, a través de nuestra red de corresponsales.

La práctica en materia internacional requiere conocimientos específicos de derecho internacional privado y vínculos con profesionales de otras jurisdicciones también expertos en la materia. Nuestro despacho cuenta con ese tipo de elementos, y contamos con profesionales de diversas disciplinas (según resulte necesario), en razón de nuestra extensa trayectoria en la materia.

Asesoramos en la búsqueda internacional de herederos y/o bienes, búsquedas genealógicas, reclamos hereditarios internacionales, compras / cesiones de herencias (derechos hereditarios), inventario, valuación y partición del acervo hereditario (a veces, en materia societaria, por ej., se plantean aspectos de mayor complejidad en estos aspectos), así como tratamiento impositivo aplicable (en muchos países, la herencia es gravada por impuestos considerables, además de las obligaciones tributarias que genera por sí misma la sucesión indivisa como sujeto fiscal).

Costos y tiempos en las sucesiones internacionales

Las sucesiones internacionales suelen implicar mayores tiempos y costos que las sucesiones locales, debido a la necesidad de coordinar actuaciones en distintas jurisdicciones.

Para conocer cómo se determinan los costos de una sucesión, ver: Cuánto cuesta una sucesión

Cómo tramitamos una Sucesión internacional. Trámite a distancia.

Si tiene una sucesión internacional, nuestros expertos se pondrán a su disposición para coordinar todo lo necesario para tramitar su proceso sucesorio de inmediato.

Desde ya, contamos con la experiencia y la práctica para lograr que el trabajo a la distancia (la mayoría de las veces, indispensable) dé el mejor resultado.

Contamos con trayectoria y credenciales para brindarle un servicio de la mayor calidad, con la mayor transparencia y seriedad posible.

Asesoramiento legal en sucesiones internacionales

Las sucesiones con elementos internacionales requieren un análisis jurídico cuidadoso y una adecuada coordinación entre distintos sistemas legales.

Si necesitás asesoramiento en una sucesión con bienes o herederos en distintos países, podemos analizar tu caso y orientarte sobre los pasos a seguir.

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